viernes, 27 de marzo de 2015

TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCADERIAS



El transporte marítimo es la acción de llevar personas (pasajeros) o cosas (cargas sólidas, líquidas o gaseosas) por mar de un punto geográfico a otro a bordo de un buque.
El transporte marítimo, en el ámbito mundial, es el modo más utilizado para el comercio internacional. Es el que soporta mayor movimiento de mercancías, tanto en contenedor, como gráneles secos o líquidos.

Teniendo en cuenta que el planeta Tierra está cubierto por agua en sus dos terceras partes, el hombre ha buscado la manera de viajar sobre el agua. Así el agua ha unido diversas partes del globo terráqueo porque los barcos navegan por ellas.
El transporte de personas por vía marítima ha perdido mucha de su importancia debido al desarrollo de la aviación comercial. Subsiste de forma significativa solamente en dos ámbitos: las travesías cortas (pequeñas distancias entre islas o dos orillas de un río) y los cruceros turísticos.

El transporte marítimo es por su propia naturaleza internacional, aunque existe el cabotaje a lo largo de las costas de un país

 
http://www.slideshare.net/CESARCH/transporte-maritimo-internacional

INCONTERMS

Los Incoterms son un conjunto de reglas internacionales, regidos por la Cámara de Comercio Internacional, que determinan el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en el contrato de compraventa internacional.
Los Incoterms también se denominan cláusulas de precio, pues cada termino permite determinar los elementos que lo componen. La selección del Incoterm influye sobre el costo del contrato.
El propósito de los Incoterms es el de proveer un grupo de reglas internacionales para la interpretación de los términos mas usados en el Comercio internacional.
Los Incoterms determinan:
  • El alcance del precio.
  • En que momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercadería del vendedor hacia el comprador.
  • El lugar de entrega de la mercadería.
  • Quién contrata y paga el transporte
  • Quién contrata y paga el seguro
  • Qué documentos tramita cada parte y su costo.



Clasificación del transporte

Clasificación del transporte:
  1. Según el ámbito de operación:
  • Nacional: El autorizado para efectuar transporte entre distintos puntos del territorio nacional. Cuando es marítimo, fluvial, lacustre o aéreo, también se le conoce como cabotaje (Arts. 72 y sigs. L.O.A; Art. 98 L.A.C)
  • Internacional: El autorizado para efectuar transporte con el exterior del territorio nacional, es decir, entre naciones.
  • Mixto: El autorizado para efectuar transporte, tanto entre distintos puntos del territorio nacional, como con el exterior.

  1. Según la nacionalidad de su matrícula:
  • Nacional: Si su matrícula ha sido expedida en el país.
  • Extranjero: Si su matrícula ha sido expedida por otro país.
         Según el medio natural donde opera:
  • Marítimo: Navegación por mar, ríos (fluvial) y lagos (lacustre)
  • Aéreo: Navegación por aire.
  • Terrestre: Vehículos proyectados para circular en tierra.
  1. Según su función:
  • Carga: Transporte de mercancías.
  • Pasajeros: Transporte de personas.
  • Encomiendas: Transporte de pequeños bultos (postales). Normalmente este tipo de transporte se hace en compartimientos especiales en el transporte de pasajeros.
  • Guerra: Transporte para fines bélicos.
  1. Según el modo:
  • Ordinario: Un solo modo de transporte (marítimo, aéreo o terrestre)
  • Multimodal, intermodal o combinado: Dos o más modos diferentes de transporte en una operación de transito aduanero.

El Gobierno autoriza el acuerdo entre España y Marruecos para el transporte internacional por carretera

El Gobierno ha aprobado este viernes la actualización del acuerdo entre España y Marruecos para el transporte internacional por carretera de viajeros y mercancías. Además ha autorizado el protocolo de aplicación provisional hasta que el acuerdo se ratifique definitivamente, según ha afirmado el Ministerio de Fomento en un comunicado.

El acuerdo, que se firmó originalmente en mayo de 2009, surgió con el propósito de mejorar la ejecución del transporte internacional por carretera, tanto de viajeros como de mercancías, entre España y Marruecos.

Las modalidades y aplicaciones del actual acuerdo se regulan a través de un protocolo que incluye la determinación de los servicios regulares y discrecionales, el control y las sanciones o los contingentes y tipos de autorizaciones de mercancías.

Para que la aplicación del acuerdo se haga factible, los estados establecen una comisión mixta, compuesta por representantes de ambas partes, para resolver cualquier problema relacionado con la interpretación o aplicación de lo regulado. Asimismo, tiene autoridad para modificar, si se requiere, el protocolo y la lista de transportes liberalizados.

Los transportes regulares de viajeros deberán ser autorizados previamente de modo conjunto por las autoridades competentes, según la disposición del acuerdo. El transporte discrecional de viajeros se regula de forma pormenorizada y está sujeto a un acuerdo multilateral de Interbús. Asimismo, el transporte de mercancías se regula un régimen de autorizaciones fuera del contingente.

https://es.finance.yahoo.com/noticias/gobierno-autoriza-acuerdo-espa%C3%B1a-marruecos-transporte-internacional-carretera-154454754.html